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Sanciones

Las violaciones a la FCPA tanto a las disposiciones antisoborno como a los requerimientos de los libros y registros, pueden conducir a responsabilidad penal y civil para las compañías y sus funcionarios, directores, empleados y representantes individuales. Las multas que se les impongan a los individuos no podrán ser pagadas por sus patronos o directores.

Sanciones Antisoborno

Las compañías se enfrentan a multas de hasta $2 millones en sanciones penales por violación de las disposiciones antisoborno. También pueden estar sujetas a otras sanciones, incluyendo sanciones civiles, prohibición de los negocios gubernamentales, o pérdida de privilegios de exportación. Los individuos corren el riesgo de que se les impongan multas penales y civiles significativas – hasta $100.000 por cada violación – así como prisión por hasta cinco años por acusación por violaciones penales. Tanto para las compañías como para los individuos, las sanciones pueden ser mucho más elevadas, hasta el doble del beneficio obtenido inapropiadamente o la pérdida generada.

Sanciones de Contabilidad

Los requerimientos de contabilidad implican sanciones penales de hasta $25 millones para las compañías públicas y $5 millones y 20 años de prisión para los individuos por violación. También hay sanciones civiles significativas para las violaciones a las disposiciones de contabilidad y teneduría de libros – hasta $150,000 para personas y $750,000 para las empresas por violación. (Estas sanciones pueden resultar en grandes multas penales, puesto que cada reporte falso constituye una violación). Nótese que las sanciones penales solo pueden derivarse de actos “premeditados”, aunque no se necesita de un requerimiento de intento para las sanciones civiles. Al igual que con las sanciones antisoborno, las sanciones relacionadas con los libros y registros puede alcanzar hasta el doble del beneficio obtenido de manera inapropiada o la pérdida generada, lo que puede desembocar en multas considerablemente enormes.

Otras Consecuencias

Las violaciones a la FCPA pueden generar otras consecuencias significativas, tales como:

La Ley de Prescripción

Como una propuesta general, las acciones de cumplimiento penal y civil conforme a la FCPA deben iniciarse en los cinco años siguientes al delito cometido.

Este lapso podrá extenderse en algunos casos. Por ejemplo, la ley de prescripción no se aplica a los fugitivos. El DOJ puede conseguir una suspensión de tres años de la prescripción para obtener evidencia que se encuentre en un país extranjero. De igual forma, tanto la SEC como el DOJ típicamente obtienen convenios de compañías que están en proceso de investigación para prorrogar ese período. Adicionalmente, los fiscales suelen presentar cargos por conspiración junto con cargos de FCPA cuando se inicia el período de prescripción con el último acto manifiesto en apoyo a la conspiración, como un acto de encubrimiento. Ello suele permitir que el fiscal encuentre alguna conducta que ocurrió hace más de cinco años.

¿Qué tipo de compañías está en la mira?

Aunque el cumplimiento de compañías muy reconocidas atrae mayor atención pública, los funcionarios de cumplimiento también tienen en la mira a pequeñas y medianas empresas. Las acciones de cumplimiento también se producen contra las compañías estadounidenses y extranjeras. Hasta la fecha, la mayoría de los casos más grandes de FCPA (por monto monetario de la sanción) involucran a compañías estadounidenses. Algunas perspectivas de autoridades competentes se proporcionan aquí [3].

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