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Anti-soborno en Brasil: Un resumen del año 2016 (Parte 2)

BrazilCorruption [1]La versión original de este blog post fue escrita en inglés. La traducción no fue realizada o revisada por el autor.

Han habido muchos desarrollos en Brasil relacionados con el área de anti-soborno. Vale la pena recalcar ciertos desarrollos. Una publicación [2]previa destacó los desarrollos relevantes que ocurrieron en el 2016. Abajo se encuentran cuatro desarrollos más.

El cumplimiento como un requisito de la contratación pública. La Estrategia Nacional de Combate contra la Corrupción y Lavado de Dinero (ENCCLA, por sus siglas en portugués) funciona como un foro para reunir a una gran variedad de ministerios y agencias involucradas en la prevención y el combate contra el lavado de dinero y la corrupción. Miembros de la ENCCLA incluyen a la Policía Federal, los Fiscales Federales, la Contraloría General (CGU) y la Comisión de Bolsa y Valores. A finales del 2016, ENCCLA finalizó la elaboración de un proyecto de ley que está por ser presentada al congreso (también han preparado un decreto que regula dicho proyecto de ley), el cual requiere que las solicitudes de las propuestas (de la contratación pública) relacionadas con la compra de bienes y servicios, las concesiones y los alquileres que superan más de los R$30 millones (más o menos USD$10 millones) tengan un programa de cumplimiento acreditado como una condición de participación. El decreto establece que los criterios para la acreditación de los programas de cumplimiento serán determinados más tarde por una regulación del Ministerio de Transparencia, la Fiscalización y la Contraloría General (MTFC).

Aplicación de la Ley de Empresas Limpias en su primera fase. A pesar de la aplicación marcada de las legislaciones anti soborno en Brasil por mucho tiempo (ver aqui [3] y aqui [2]), la mayoria de las sanciones aplicadas han sido criminales (no son aplicables a las entidades legales) o basadas en otras leyes (e.g., ley de improbidad) en vez de basarse en las Leyes de Empresas Limpias, las cuales entraron en vigor en enero del 2014. Desde el 18 de febrero del 2016, el CNEP [4] (el Registro Nacional de Compañías Sancionadas – una base de datos mantenida por el MTFC, la cual consolida información sobre las compañías sancionadas bajo la Ley de Empresas Limpias) solo tiene 7 compañías que han sido sancionadas (4 de estas compañias estan relacionadas con la misma acción de aplicación) y estos casos son relativamente pequeños. Sin embargo, las autoridades brasileñas han dicho que existen docenas de procedimientos legales en preparación y que se han de resolver durante el 2017.

Cooperación continua entre las autoridades. En el 2016 hubo una cooperación continua entre las autoridades. A nivel nacional, las autoridades estuvieron trabajando en tándem. Un ejemplo de esto sería el hecho de que, durante la conferencia de prensa relacionada con la Operación Autolavado, hubieron representantes del grupo de trabajo de la Fiscalía Federal así como representantes de la Policía Federal y el SRI. La colaboración es algo que se ha mencionado por dichos representantes y estos mismos han explicado que la colaboración ha sido un factor clave en cuanto al éxito del caso. A nivel internacional, lo mismo sigue siendo cierto. En sí, la Operación Autolavado ha tenido 131 solicitudes de cooperación desde el 23 de febrero del 2017: Brasil mandó 103 solicitudes a 31 países y 28 solicitudes fueron recibidas de 15 países. Típicamente, el MTFC ha sido muy activo en el plano internacional, compartiendo su experiencia y sus mejores prácticas con las autoridades extranjeras.

Uso de los convenios de indulgencia. Una de las características más innovadoras de la Ley de Empresas Limpias de Brasil es la capacidad de las autoridades de concertar un convenio de indulgencia con las compañías. Esto es un concepto nuevo en el área anticorrupción de Brasil. Las compañías concertan un convenio de indulgencia con las autoridades públicas para así: cumplir con sus condiciones, reducir sus multas (hasta dos tercios) y ser exentas de ciertas sanciones judiciales y administrativas. Mientras que las autoridades (por lo menos a nivel federal) están trabajando de manera más integrada en cuanto a las discusiones sobre los convenios de indulgencia, la Ley de Empresas Limpias ofrece una cantidad extraordinaria de autoridades que están autorizadas a aplicar la ley (ver aquí [5]), lo cual presenta un desafío. Unos pocos convenios fueron firmados en el 2016 (algunos no tuvieron éxito) y se firmarán más en el 2017. También hay legislación pendiente en el congreso a fin de corregir algunos defectos legales del programa de indulgencia.

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