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Aplicación de las Leyes Anticorrupción por Instituciones Extranjeras: Pros y Contras Potenciales

Transational [1]La versión original de este blog post fue escrita en inglés. La traducción no fue realizada por el autor.

La aparición de las leyes contra la corrupción transnacionales y su aplicación, ha generado debates sobre la imparcialidad, eficacia, y legitimidad de la aplicación de las normas jurídicas por parte de instituciones extranjeras o internacionales. En un documento desarrollado en los últimos años y publicado en diciembre del 2014, titulado Transnational Anticorruption Law in Action: Cases from Argentina and Brazil [2] (Derecho Transnacional Anticorrupción en Acción: Los casos de Argentina y Brasil), los profesores Kevin Davis [3], Guillermo Jorge [4] y Maíra Rocha Machado [5] discuten este relevante y actual tema.

El documento analiza algunos de los posibles pros y contras de la aplicación de la  anticorrupción transnacional, se destacan a continuación:

Contras potenciales:

Pros potenciales:

Este artículo utiliza estudios de casos para discutir el asunto y las implicaciones de la “teoría de complementariedad institucional”. Los casos estudiados fueron de Siemens en Argentina a fines de la década del 2000 en relación a los sobornos pagados para obtener y conservar un contrato para proporcionar documentos nacionales de identidad para el gobierno argentino; y de la construcción de un palacio de justicia para un tribunal laboral regional (TRT) en São Paulo en los años 90. En el caso de Siemens, las instituciones extranjeras desempeñaron un papel, principalmente en el enjuiciamiento de los que pagan sobornos, mientras que en el caso TRT, las instituciones extranjeras se dedicaron principalmente a la recuperación de los activos que se produjeron por soborno.

En resumen, aunque se identificaron los contras, el documento concluye que, en los dos casos analizados, los límites importantes sobre la capacidad de las instituciones de anticorrupción locales fueron superados parcialmente con la ayuda de instituciones extranjeras. Además con el tiempo, el documento encontró importantes cambios (positivos) en la capacidad y el nivel de responsabilidad de las instituciones locales como resultado de la experiencia de las autoridades locales en los casos estudiados.

Las agencias extranjeras y locales pueden tener un interés común en la lucha contra las formas transnacionales de corrupción, y sus esfuerzos combinados pueden ser complementarios. Animamos a los lectores de este artículo para leer el documento completo y sacar sus propias conclusiones. Con suerte, el documento va a motivar nuevos estudios sobre la aplicación de las leyes de anti-corrupción por parte de instituciones extranjeras.

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