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Conectando el cumplimiento bajo la FCPA y la Ley de Empresa Limpia

BrazilBridge [1]

La versión original de este blog post fue escrita en inglés. La traducción no fue realizada por el autor.

Este guest post fue escrito por Eloy Rizzo, un abogado senior de la firma KLA – Koury Lopes Advogados en São Paulo, Brasil. El Señor Rizzo se especializa en temas de anti-corrupción y compliance, asi como en litigación compleja. El Señor Rizzo esta completando una pasantía con el equipo de anti-corrupción de Miller & Chevalier en Washington, DC. 

El 18 de marzo de 2015, la presidenta Rousseff firmó el Decreto 8.420/15 [2], que aprueba las Directrices Federales (“las Directrices”) para la Ley de Empresa Limpia. Aunque esta ley haya entrado en vigencia a principios de 2014, las Directrices promulgadas recientemente establecen normas importantes para la evaluación de los programas de cumplimiento y el asesoramiento de las multas en virtud de la ley. Como se reportó anteriormente en este blog [3], las Directrices también estipulan los parámetros generales para la aplicación de las sanciones administrativas de la Ley de Empresa Limpia y proporcionan reglas para los acuerdos de clemencia, entre otras cosas.

La Ley de Empresa Limpia establece que las violaciones someterán a la empresa infractora a multas que alcanzan entre el 0,1 y el 20% de sus ingresos brutos del año anterior al inicio del procedimiento administrativo en contra de la empresa. Las Directrices establecen una serie de factores atenuantes y agravantes que pueden determinar la multa dentro de este rango. La adopción de un programa efectivo de cumplimiento anticorrupción es un tal factor atenuante. De acuerdo con las Directrices, una empresa que ha violado la Ley de Empresa Limpia pero tiene implementado efectivamente un programa de cumplimiento puede obtener una reducción de la multa entre el 1 y el 4%.

Los parámetros que las autoridades brasileñas utilizan para evaluar la eficacia de un programa de cumplimiento son muy similares a los que el Departamento de Justicia (“DOJ”) y la Securities and Exchange Commission (“SEC”) establecen en la Guía de Recursos para la Guía de Recursos para la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero [4] (“Guía de Recursos”), tales como: procedimientos de la aplicación de los códigos de ética y conducta, el compromiso de la alta dirección, la capacitación de los empleados y terceros, la supervisión y auditorías periódicas, la creación de una línea telefónica para orientación y presentación de informes, procedimientos eficaces que garanticen que la actividad ilícita será detectada e investigada, las medidas disciplinarias en los casos de irregularidades, la debida diligencia con respecto a terceros, entre otros.

Sin embargo, las Directrices requieren elementos adicionales de programas de cumplimiento que las empresas deben implementar para asegurar la reducción de multas por una violación de la Ley de Empresa Limpia.

Registros de cuentas que reflejen con exactitud y completamente las transacciones de la persona jurídica.

Si bien sólo los “emisores” (es decir, las empresas registradas en las bolsas estadounidenses) están sujetos a las disposiciones contables de la FCPA y la Ley de Empresa Limpia, y a las Directrices no distinguen entre las empresas públicas a empresas privadas; todas las empresas sujetas a la Ley de Empresa Limpia, independientemente del tamaño o propiedad, debe tomar medidas para garantizar su contabilidad de forma precisa y reflejar plenamente sus transacciones.

Procedimientos específicos para prevenir el fraude y actos ilícitos en el contexto de los procesos de contratación pública, en la ejecución de los contratos administrativos y en cualquier interacción con el sector público.

Mientras que la FCPA se centra en la corrupción de funcionarios no estadounidenses, La Ley de Empresa Limpia es más amplia. Además de prohibir el soborno de funcionarios extranjeros, también prohíbe el soborno de funcionarios públicos nacionales, el fraude y otras prácticas anti-competitivas en la contratación pública y contratos con el gobierno.

Dadas estas prohibiciones, las Directrices establecen que los programas de cumplimiento deben contar con procedimientos específicos para prevenir violaciones de la Ley de Empresa Limpia en relación con las interacciones directas o indirectas con funcionarios nacionales, la contratación pública y contratos con el gobierno. Así, una empresa que desee implementar un programa de cumplimiento efectivo de conformidad con las Directrices debe abordar los riesgos asociados a la colusión, la manipulación de licitaciones y otras prácticas anti-competitivas similares relacionadas con la contratación pública y contratos con el gobierno en general.

Transparencia de la persona jurídica en cuanto a las donaciones a candidatos y partidos políticos

A pesar que las donaciones empresariales a candidatos y partidos políticos son una práctica legal en Brasil (siempre que no superen el 2% de  los ingresos brutos de la compañía en el año anterior a las elecciones), las Directrices identifican a las donaciones como una zona de riesgo que debe observarse bajo un efectivo programa de cumplimiento.

La Resolución #23.406/2014 del Tribunal Superior Electoral de Brasil de Justicia ya exigió transparencia de las empresas en cuanto a sus donaciones electorales. No obstante, las Directrices fortalecen dichos requisitos al establecer que los programas de cumplimiento eficaces deben proporcionar cierta orientación con respecto a las donaciones para garantizar la transparencia y la coherencia con la legislación aplicable.

Aunque las Directrices son nuevas y aún no se han aplicado, ahora es el momento para que las empresas evalúen sus programas de cumplimiento existentes para garantizar que se consideren eficaces por las autoridades brasileñas.

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