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La administración de Trump impone sanciones contra ocho miembros de la Corte Suprema de Venezuela

Venezuela Supreme Court [1]La versión original de este blog post fue escrita en inglés. La traducción fue realizada por el autor. La siguiente publicación fue escrita por nuestros escritores invitados Timothy O’Toole, un miembro de Miller & Chevalier, y Abby Cotterill, una Asociada Senior de Miller & Chevalier. Ellos se enfocan en temas de cumplimiento que tienen que ver con las sanciones, los controles de exportación y otras regulaciones internacionales.

En marzo del 2015 la administración de Obama impuso sanciones económicas contra Venezuela. Dichas sanciones surgieron a través de lo que las autoridades estadounidenses creyeron ser serias violaciones de los derechos humanos y la corrupción por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley. Ver más información con esta publicación [2]. A pesar de que otros programas de sanciones [3] – tal como el programa de las Organizaciones Criminales Transnacionales – se enfocan en las actividades dentro de Latinoamérica, el programa para Venezuela es, actualmente, el único programa que se ha enfocado únicamente en un solo país dentro de la región (aparte del embargo de Cuba).

El programa para Venezuela le permitió a la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC, por sus siglas en inglés) del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos designar ciertos funcionarios y entidades Venezolanas como Nacionales Especialmente Designados (SDN’s, por sus siglas en inglés). Esta determinación le impediría a las personas o entidades designadas a tener conexiones con el sistema financiero de los Estados Unidos y prevenir que cualquier persona de los Estados Unidos se involucre en transacciones con dichos sujetos designados. Bajo la orden ejecutiva emitida por el presidente en esa época, cualquier designación seria basada en la determinación (por parte de OFAC) que tal funcionario es “responsable por;  cómplice en; o responsable de haber ordenado, controlado o dirigido; o haber participado en, directamente o indirectamente,” acciones que menosprecian las instituciones democráticas, sanciones contra la libertad de expresión, graves violaciones de los derechos humanos o haberse involucrado en “la corrupción pública considerable.” (ver Orden Ejecutiva No. 13,692, 80 Reg. Fed. 12,747 – marzo 8, 2015). Poco después, OFAC adoptó regulaciones que ayudaron a implementar el programa de sanciones para Venezuela, las cuales se pueden encontrar en 31 C.F.R. Parte 591.

Cuando se creó el programa de sanciones para Venezuela, la orden ejecutiva del Presidente Obama nombró a siete funcionarios del gobierno de Venezuela como SDN’s. La mayoría de estos eran funcionarios policiales, agentes de inteligencia y fiscales que, según se creía por las autoridades estadounidenses, habían estado implicados en violaciones de derechos humanos o la corrupción. Después de esto, más de dos años pasaron sin nombrar a individuos adicionales bajo el programa de sanciones para Venezuela. Es importante remarcar que en febrero del 2017, OFAC nombró al vicepresidente venezolano, Tareck Zaidan El Aissami Maddah, como un SDN, pero esta designación fue hecha de acuerdo con la Designación de Cabecillas del Narcotráfico en el Extranjero en vez del programa de sanciones para Venezuela. El 18 de mayo del 2017 fue cuando OFAC terminó su periodo de inactividad al agregar ocho miembros más a su lista de SDN’s.

Según este comunicado [4] que formó parte de las designaciones, OFAC determinó que estos funcionarios fueron “responsables de un número de decisiones judiciales en el último año, las cuáles han usurpado la autoridad de la legislatura venezolana que fue elegida democráticamente, la Asamblea Nacional, incluyendo el haber permitido que la rama ejecutiva gobierne por decreto de emergencia que, por ende, limitó los derechos y frustró la voluntad del pueblo venezolano.”

Dentro del comunicado que anunció las sanciones, el secretario del Tesoro de los Estados Unidos, Steven T. Mnuchin, declaró que “el pueblo venezolano está sufriendo un colapso económico por la culpa de su gobierno, la mala gestión y la corrupción de este mismo. Miembros de la Corte Suprema de Justicia del país han agravado la situación al constantemente interferir con la autoridad de la rama legislativa… al imponer estas sanciones focalizadas, los Estados Unidos está apoyando al pueblo venezolano en sus esfuerzos para proteger y avanzar la gobernanza democrática en Venezuela.” Las decisiones por parte de la Corte Suprema de Venezuela (que fueron citadas en el comunicado de la Tesorería de los Estados Unidos) surgieron en los últimos seis meses. Dichas decisiones han sido descritas como un aumento inapropiado del poder de la Corte y/o el poder del Presidente de Venezuela, Nicolás Maduro. El aumento inapropiado sucede a través de la usurpación del poder de la legislación venezolana que fue elegida democráticamente.

Para los individuos que son SDN, las consecuencias inmediatas son que sus activos (sujetos a la jurisdicción de los Estados Unidos) son congelados y que los ciudadanos estadounidenses están prohibidos de hacer negocios con ellos. Para las compañías que tienen negocios con Venezuela, lo más importante es saber que el continuar de tratar con estos individuos SDN de cualquier manera podría tener consecuencias serias bajo las leyes de los Estados Unidos. Además, la designación SDN no solo se aplica al individuo sino que también se aplica a cualquier entidad que sea por lo menos 50% propiedad del SDN, lo cual quiere decir que las compañías que están haciendo negocios en Venezuela (y especialmente las compañías estadounidenses que están haciendo negocios en Venezuela) deberían de asegurarse de que sus programas de cumplimiento no solo analicen las transacciones que involucran a los individuos particulares sino que también analicen a las entidades que son propiedad de los SDN’s. En tercer lugar, ya que las sanciones para Venezuela vinculan la corrupción pública extranjera a la imposición de las sanciones estadounidenses, las sanciones para Venezuela destacan la necesidad de tener un programa de cumplimiento que es multifacético. Finalmente, dado que la situación en Venezuela está extremadamente inestable, ahora hay sanciones adicionales que están bajo discusión en el congreso de los Estados Unidos y en la rama ejecutiva. Por lo tanto, las compañías que están haciendo negocios en Venezuela deberían de monitorear cuidadosamente a las acciones adicionales acerca de este tema.

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