FCPAméricas Blog

La Lista Maestra de Alertas Rojas de Corrupción de Terceros

Author: Matteson Ellis

FCPARedFlagsLa versión original de este post fue escrito en Inglés. La traducción es creado por Merrill Brink International.

De conformidad con la FCPA, las personas jurídicas y naturales son responsables de los sobornos que sus agentes, asesores, representantes de ventas, distribuidores, abogados, contadores, corredores, y demás terceros intermediarios les hagan a funcionarios públicos extranjeros en su representación. Específicamente, la FCPA se aplica tanto a los pagos “indirectos” como a los pagos “directos”.

Para mitigar este riesgo, las compañías deben ejercer la debida diligencia integral con respecto a sus terceros y supervisar sus actividades, como describe FCPAméricas en estos artículos. Además, las compañías deben preparar a sus trabajadores de forma tal que puedan reconocer las alertas rojas de la corrupción en relación con los terceros con quienes trabajan, como se describe aquí. Ello se debe a que la responsabilidad por las acciones de terceros se puede fundamentar en el conocimiento real o en el conocimiento constructivo. Aunque la existencia de una alerta roja no excluye automáticamente el uso de un tercero específico, la alerta roja garantiza una revisión más detallada de la entidad y quizás la aplicación de controles adicionales a la relación, que permitan protegerse de posibles violaciones a la FCPA.

Para ayudar a los interesados a preparar a sus empleados para que reconozcan las alertas rojas, FCPAméricas ha elaborado una lista general de alertas rojas comunes de corrupción.

Riesgo Reputacional

  • La transacción o el tercero está en un país conocido por su corrupción generalizada, según el Índice de Percepción de Corrupción de la Organización Transparency International u otros índices similares.
  • El tercero tiene un historial de prácticas de pagos incorrectos, como por ejemplo investigaciones formales e informales en curso o ya realizadas por las autoridades competentes o  ha sido condenado anteriormente.
  • El tercero ha estado sujeto a acciones penales de las autoridades o acciones civiles por actos que podrían implicar conductas ilegales, incorrectas o poco éticas.
  • El tercero no goza de buena reputación comercial.
  • Presuntamente el tercero ha hecho o tiende a hacer pagos prohibidos o pagos adicionales a los funcionarios públicos.
  • Alegatos relacionados con la integridad, como por ejemplo reconocido por conductas ilegales, incorrectas o poco éticas.
  • El tercero no implementa programas adecuados de cumplimiento ni códigos de conducta o se niega a implementar alguno.
  • Otras compañías han concluido sus relaciones con el tercero por sus conductas incorrectas.
  • La información suministrada del tercero o sus servicios no se puede verificar con datos, sino únicamente a través de indicaciones y observaciones.

Relaciones Gubernamentales

  • El tercero tiene lazos familiares con un funcionario extranjero o entidad pública.
  • El tercero tiene una relación o asociación comercial con un funcionario extranjero o entidad pública.
  • El tercero ocupó anteriormente un alto cargo en el gobierno, o en una entidad relacionada con el trabajo que él/ella desempeñará.
  • El tercero es una compañía cuyo propietario, accionista mayoritario o gerente ejecutivo es funcionario público.
  • Existen rumores de que el tercero tiene un usufructuario no revelado.
  • Un funcionario público requiere, incita, insiste o pide que se seleccione o contrate a una parte, compañía o individuo particular, especialmente si el funcionario tiene plena autoridad sobre los negocios en cuestión.
  • El tercero hace aportes políticos significativos o frecuentes.
  • El tercero sostiene reuniones privadas con funcionarios públicos.
  • El tercero da generosos regalos o es hospitalario con funcionarios públicos.
  • El tercero insiste en negociar con los funcionarios públicos sin que la compañía esté presente.

Capacidades Insuficientes

  • El tercero constituye una línea de negocios distinta a la línea de negocios para la cual fue contratado.
  • El tercero no tiene experiencia o “antecedentes” con respecto al producto, servicio, área o industria correspondiente.
  • El tercero no tiene oficinas o personal, o no cuenta con las instalaciones o el personal adecuados para realizar el trabajo.
  • El tercero tiene una estructura jurídica poco ortodoxa.
  • La dirección del negocio del tercero es una sede de correos, una oficina virtual, o una pequeña oficina privada que no podría abarcar actividades de la magnitud requerida.
  • El tercero no realizará trabajo sustancial.
  • El tercero no ha trabajado durante mucho tiempo o acaba de constituirse.
  • El tercero no tiene sólidos estados financieros o créditos.
  • El plan del tercero para llevar a cabo el trabajo es vago y/o sugiere basarse en contratos o relaciones.

Tipo y Método de Remuneración

  • El tercero pide un anticipo inusual.
  • La tasa, comisión o descuento por volumen que se le asigna al tercero es inusualmente elevado en comparación con la tasa de mercado.
  • El acuerdo de remuneración se basa en comisión o bono por logros obtenidos.
  • El tercero ofrece presentar o presenta facturas exageradas, incorrectas o sospechosas.
  • El tercero pide que las facturas reflejen montos superiores al precio real de los servicios prestados.
  • La facturación del tercero describe vagamente los servicios prestados.
  • El tercero pide efectivo, equivalentes de caja o instrumentos de pago al portador.
  • El tercero pide pagos en una jurisdicción fuera de su país de origen que no tiene relación alguna con la transacción o los entes relacionados con la misma, especialmente si el país es un paraíso fiscal.
  • El tercero pide que se haga el pago a otro tercero o intermediario.
  • El tercero sugiere el uso de compañías fantasma.
  • El tercero pide que el pago se emita a dos o más cuentas.
  • El tercero comparte la remuneración con otras personas cuyas identidades se desconocen.
  • El tercero solicita un contrato de servicios luego de la adjudicación inicial que no está en capacidad de cumplir.
  • El tercero pide que se hagan donaciones de caridad.
  • El tercero se niega a documentar los gastos como corresponde.
  • El tercero presiona a la compañía para que haga pagos urgentes o antes de lo previsto.
  • El tercero pide un significativo pago inicial adelantado.
  • El tercero solicita acuerdos de pago que generan conflictos con las leyes locales, tales como pagos en la moneda de otro país.

Circunstancias Inusuales

  • El tercero se niega a comprometerse a cumplir con la FCPA, UKBA, leyes equivalentes aplicables contra la corrupción, leyes contra el lavado de dinero, u otras leyes o reglamentos similares.
  • El tercero se niega a garantizar haber cumplido anteriormente con la FCPA, UKBA, leyes equivalentes aplicables contra la corrupción, leyes contra el lavado de dinero, u otras leyes o reglamentos similares.
  • El tercero se niega a ejecutar un contrato escrito, o pide cumplir con los servicios acordados sin contratos escritos cuando los mismos son requeridos.
  • El tercero insiste en que no se revele su identidad y que la relación se mantenga en secreto.
  • El tercero se niega a divulgar la identidad de sus usufructuarios, directores, funcionarios u otros directivos.
  • El tercero se niega a responder preguntas de debida diligencia.
  • El tercero se niega a que se incluyan cláusulas de auditoría en los contratos.
  • El tercero sugiere que no es necesario implementar políticas de cumplimiento anticorrupción.
  • El tercero sugiere que cualquier otro tipo de conducta ilegal es aceptable porque es la norma o costumbre en un país en particular.
  • El tercero hace afirmaciones sospechosas, tales como requerir pagos para “ocuparse de ciertos asuntos” o “cerrar un negocio”.
  • Las representaciones son ilegales conforme a las leyes locales.
  • El supuesto desempeño del tercero sospechosamente es mucho más sobresaliente que el de la competencia o las compañías de las industrias relacionadas.
  • Un tercero garantiza o promete tasas de retorno que son inusualmente altas por los servicios que ofrece.
  • El tercero pide que se aprueben presupuestos excesivamente altos o gastos poco frecuentes.

Si conoce otras alertas rojas que puedan agregarse a esta lista, sírvase incluirlas en los Comentarios de este artículo o envíelas por correo electrónico.

Las opiniones expresadas en este artículo son las del autor, a título personal, y no necesariamente representan las opiniones de otra persona, incluidas las entidades a las que está afiliado el autor, sus empleadores, otros contribuyentes, FCPAméricas o sus anunciantes. La información del blog FCPAméricas tiene por objetivo el debate público con fines educativos únicamente. Su intención no es suministrar asesoramiento legal a los lectores y no crea un vínculo abogado-cliente. No se desea describir ni transmitir la calidad de los servicios legales. FCPAméricas anima a sus lectores a solicitar asesoramiento legal calificado con respecto a leyes anticorrupción o cualquier otro asunto legal. FCPAméricas da permiso para enlazar, publicar, distribuir o hacer referencia a este artículo con fines legítimos, siempre que se indique su autor y su relación con FCPAméricas LLC.

© 2014 FCPAméricas, LLC

Matteson Ellis

Post authored by Matteson Ellis, FCPAméricas Founder & Editor

Categories: Compliance Anticorrupción, Due Diligence, Español, FCPA, Terceros

CommentsComments | Print This Post Print This Post |

Leave a Comment

Comments

Leave a Reply


Subscribe to our mailing list

* indicates required

View previous campaigns.

Close