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Nueva Ley Mexicana Sobre Lavado de Dinero

Monica [1]El autor de este post, Mónica Ramírez Chimal, es socia fundadora de su propia firma de consultoría, ASSERTO RSC [2] en México, D.F. Asimismo, es autora del libro: ¡No deje que lo laven, ni que lo sequen! una guía para que las empresas se protejan del riesgo de lavado de dinero. Ha sido expositora en varios foros y actualmente entrevistada por varios medios de comunicación en relación a la presentación de su libro. Mónica es Contadora Pública con Maestría en Dirección Internacional, ambos por parte del ITAM.

México aprobó dos importantes hitos contra el lavado de dinero en 2013. El 17 de julio, la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos Ilícitos entró en vigor, así como el 1 de septiembre su Reglamento surtió efecto. Estas nuevas normas regulan, por primera vez, quince actividades que son vulnerables al lavado de dinero, pero que no estaban cubiertas por las reglas anti lavado de dinero aplicables a instituciones financieras. La regulación de estas actividades, que se describe en detalle aquí [3], es consistente con las normas internacionales, como es el Grupo de Acción Financiera y las directivas de la Unión Europea.

Donaciones: México ha carecido durante mucho tiempo de una ley que prevenga el lavado de dinero en estas prácticas, teniendo como resultado el haber vivido escándalos. Por ejemplo, las prácticas corruptas de Walmart incluyeron el pago de sobornos a las autoridades mexicanas a través de “donaciones”. Bajo la nueva ley, las asociaciones sin fines de lucro, iglesias, partidos políticos y otras entidades deben informar a las autoridades fiscales en forma mensual las donaciones recibidas por valor mayor a $ 200,000 pesos mexicanos aproximadamente. También se requiere que se informe si la suma acumulada de las donaciones de más de 6 meses es igual a esa cantidad.

Construcción/Promoción Inmobiliaria: Otra de las actividades ya reguladas por normas anti lavado de dinero es la construcción. Un caso que ejemplifica cómo las empresas de construcción pueden ser utilizadas para el lavado de dinero es el del ex Gobernador del Estado de Tamaulipas, Tomás Yarrington. El Sr. Yarrington se encuentra prófugo acusado de permitir el tránsito de drogas a gran escala a los EE.UU. a través de Tamaulipas, a cambio de recibir sobornos pagados por medio de una empresa constructora mexicana. Los pagos a la empresa constructora, al parecer controlada por un socio del señor Yarrington, se atribuían a sus operaciones y la compañía utilizó esos fondos para comprar propiedades. El Sr. Yarrington también utilizó fondos públicos y préstamos bancarios en cuentas de EE.UU. para comprar un jet privado, casas, terrenos, condominios y vehículos. La nueva ley incluye esas actividades mediante la regulación de los servicios de construcción, promoción inmobiliaria y la venta o compra de bienes por cuenta de clientes. Cualquiera de estos servicios por un valor aproximado de $ 500,000 pesos mexicanos debe ser reportado. Del mismo modo, la venta de vehículos nuevos o usados ​​, barcos o aviones de un valor de aproximadamente $ 400,000 pesos mexicanos deben ser reportados y el uso de dinero en efectivo para este tipo de ventas tiene un tope de aproximadamente $ 200,000 pesos mexicanos. Es decir, si una transacción se genera con un precio superior a esa cantidad, la diferencia debe ser pagada vía transferencia bancaria o cheque.

Servicios Profesionales. La nueva ley también regula la prestación de servicios profesionales independientes que se lleven a cabo en representación del cliente y la fe pública. Tales servicios profesionales incluyen manejo de cuentas bancarias, aportaciones y cambios en el capital social, la constitución, escisión o fusión de entidades jurídicas. También están reguladas las personas a quienes se les otorga poder general para actos de administración, la compra de acciones y / o partes sociales, etc. Esto se traduce en hacer de los consultores, contadores, abogados y notarios que sean los nuevos “guardianes” que cooperen con las autoridades mediante los reportes de actividades que excedan las cantidades indicadas. Adicionalmente, si estos profesionales tienen conocimiento de cualquier operación que esté vinculada al lavado de dinero y / o actividades ilegales, deben reportarla en el plazo de 24 horas después de conocerla. Sobre este punto, la ley especifica que reportar no viola la confidencialidad del cliente, pero para muchos sigue siendo un tema controvertido…

Además de la presentación de informes, las empresas y las personas que están sujetas a la ley deben nombrar a un representante ante la autoridad fiscal e identificar a sus clientes. Los registros de la información deben ser resguardados por un período de 5 años.

Frente a la primera ronda de presentación de reportes y la gran cantidad de trabajo que muchas empresas deben hacer para cumplir, algunos han buscado amparo, o protegerse de la ley. Hasta el momento, ningún juez ha procedido a su favor. Las sanciones por incumplimiento varían de acuerdo a las circunstancias, pero van desde multas a la revocación de las licencias, permisos y / o encarcelamiento.

A pesar de que la nueva ley se acaba de estrenar, vale la pena señalar que aún no incluye a las personas políticamente expuestas, o que se requiera la aplicación de un enfoque basado en el riesgo, entre otros conceptos. Esto si México desea fortalecer su legislación en estos sentidos, para minimizar el lavado de dinero y cambiar la imagen de México a nivel mundial.

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