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¿Hay nuevos estándares en México para temas relacionados con los regalos y la hospitalidad para funcionarios?

Author: Matteson Ellis

La versión original de este blog post fue escrita en inglés. La traducción no fue realizada por el autor.

El nuevo presidente de México, Andrés Manuel López Obrador (AMLO), ha establecido que su administración tendrá poca paciencia con la hospitalidad que se regalan entre el sector privado y los funcionarios. Sus declaraciones plantean preguntas sobre como las compañías tendrán que comportarse en el futuro, ya que las políticas de cero tolerancia no siempre son fáciles de implementar en la práctica.

Durante su discurso el 1 de diciembre del 2018, AMLO mencionó la corrupción casi 20 veces, abordando las restricciones, de los regalos y la hospitalidad, para los funcionarios mexicanos. Mencionó que “los funcionarios de los Ministerios de Finanzas, Comunicaciones, Energía y otras agencias serán prohibidas de atender fiestas, comidas, eventos de deportes o viajes con contratistas gubernamentales, auspiciantes, proveedores de servicios gubernamentales o inversionistas que están vinculados a los servicios públicos.” AMLO también estableció que los funcionarios deberían de cumplir con los códigos de ética y priorizar las medidas de austeridad.

Estas declaraciones son sumamente relevantes ya que muchas de las reglas actuales en México entre la hospitalidad y los funcionarios siempre han sido poco claras. Esto quiere decir que, comparado a otros países, México se está convirtiendo en la excepción. Particularmente porque otras jurisdicciones, incluyendo los Estados Unidos bajo la FCPA, sí permiten el uso de la hospitalidad para los funcionarios gubernamentales, siempre y cuando esta misma exista para fomentar la promoción, demostración o explicación de los servicios o productos de una compañía, o la ejecución o el desempeño de un contrato.

El sistema nacional de anticorrupción. El 18 de julio del 2016 fue cuando el Congreso Mexicano aprobó la legislación que introdujo el nuevo sistema nacional de anticorrupción de México. Un componente clave de dicho sistema es la Ley General de Responsabilidades Administrativas, también conocida como LGRA. Este sistema nacional de anticorrupción entró  en vigencia en julio del 2017. Violaciones de la LGRA pueden resultar en sanciones severas, incluyendo la responsabilidad penal, multas y el ser prohibido el estar involucrado en el sector público y en la licitación pública.

El sistema nacional de corrupción provee un poco de dirección para temas relacionados con los regalos y gastos de acomodación para los funcionarios, aunque esta dirección sigue incompleta. Artículo 52 de la LGRA le prohíbe a funcionarios aceptar regalos o compensación de cualquier persona u organización. Articulo 66 le prohíbe a entidades privadas dar regalos a funcionarios. No existe aún una excepción de minimis para estas reglas, lo cual plantea preguntas sobre que, exactamente, podría calificar como un regalo prohibido. Como consecuencia, muchas de las compañías que están operando en México han restringido el acto de dar cualquier tipo de regalo.

Una dificultad ha sido que la LGRA no aborda, explícitamente, otros tipos de hospitalidad para los funcionarios, tal como comidas, entretenimiento y viajes. Las autoridades mexicanas aún no han opinado públicamente sobre como qué tipos de hospitalidad deberían de ser consideradas como regalos bajo la ley y, por ende, si es que deberían de estar prohibidos. Tampoco han aclarado como las autoridades deberían de tratar la hospitalidad bajo las nuevas reglas. Como consecuencia, ciertos aspectos de la LGRA se han convertido en objetos de interpretación.

La incertidumbre resultante les ha dejado a las compañías con el deber de hacer sus propios juzgamientos sobre cuáles serían las condiciones permisibles para invitar a una comida, a un entretenimiento o un viaje, a los funcionarios mexicanos. Algunas compañías han prohibido estos regalos completamente. Pero algunas otras han decido permitir, bajo circunstancias específicas y con la presencia de controles notables, ciertas formas de hospitalidad “no regalada” a los funcionarios.

Desarrollos bajo AMLO. Las ideas de AMLO aún no tienen la fuerza de la ley, pero aun así, estas sugieren la cautela para aquellas compañías que tengan interacciones con funcionarios, siempre y cuando dichas interacciones están relacionadas con temas de la hospitalidad. Las declaraciones de AMLO también señalan que el nuevo gobierno posiblemente aplique una interpretación expansiva a las restricciones de hospitalidad bajo la LGRA, restricciones que actualmente son sumamente vagas.

Como resultado, las compañías ahora (si es que estos no lo hayan hecho aún) no solo están prohibiendo los regalos, sino que también están prohibiendo reuniones para el entretenimiento al igual que el pago de los gastos de viaje para los funcionarios. Cuando las comidas con funcionarios ocurren, ahora le requieren a cada participante pagar su propia cuenta.

En la práctica, las compañías posiblemente vean estos nuevos estándares como un medio difícil de implementar en todas las circunstancias. ¿Las nuevas reglas quieren decir que las compañías no les pueden dar obsequios pequeños o relativamente insignificantes a los funcionarios, aunque sea para conmemorar un acuerdo o contrato comercial? ¿Será que las compañías ahora no les pueden invitar a los funcionarios a fiestas donde hay comida ligera y en donde se sirven tragos? ¿Qué pasa si las compañías reciben una aprobación escrita por parte de las agencias gubernamentales, dándoles permiso de invitar funcionarios a estos eventos pequeños? ¿Qué pasa si una agencia gubernamental le solicita a una compañía pagarle el viaje de uno de sus funcionarios, simplemente por no tener los recursos necesarios para pagarle el pasaje a este mismo funcionario?

Las compañías seguramente tendrán que responder estas preguntas usando su propia discreción, por lo menos hasta que el gobierno de AMLO tome acciones concretas.

Las opiniones expresadas en este artículo son las del autor, a título personal, y no necesariamente representan las opiniones de otra persona, incluidas las entidades a las que está afiliado el autor, sus empleadores, otros contribuyentes, FCPAméricas o sus anunciantes. La información del blog FCPAméricas tiene por objetivo el debate público con fines educativos únicamente. Su intención no es suministrar asesoramiento legal a los lectores y no crea un vínculo abogado-cliente. No se desea describir ni transmitir la calidad de los servicios legales. FCPAméricas anima a sus lectores a solicitar asesoramiento legal calificado con respecto a leyes anticorrupción o cualquier otro asunto legal. FCPAméricas da permiso para enlazar, publicar, distribuir o hacer referencia a este artículo con fines legítimos, siempre que se indique su autor y su relación con FCPAméricas LLC.

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Matteson Ellis

Post authored by Matteson Ellis, FCPAméricas Founder & Editor

Categories: Compliance Anticorrupción, Español, FCPA, México, Regalos y Entretenimiento

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