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La Lista Maestra de Alertas Rojas de Corrupción de Terceros
2.04.2014
La versión original de este post fue escrito en Inglés. La traducción es creado por Merrill Brink International.
De conformidad con la FCPA, las personas jurídicas y naturales son responsables de los sobornos que sus agentes, asesores, representantes de ventas, distribuidores, abogados, contadores, corredores, y demás terceros intermediarios les hagan a funcionarios públicos extranjeros en su representación. Específicamente, la FCPA se aplica tanto a los pagos “indirectos” como a los pagos “directos”.
Para mitigar este riesgo, las compañías deben ejercer la debida diligencia integral con respecto a sus terceros y supervisar sus actividades, como describe FCPAméricas en estos artículos. Además, las compañías deben preparar a sus trabajadores de forma tal que puedan reconocer las alertas rojas de la corrupción en relación con los terceros con quienes trabajan, como se describe aquí. Ello se debe a que la responsabilidad por las acciones de terceros se puede fundamentar en el conocimiento real o en el conocimiento constructivo. Aunque la existencia de una alerta roja no excluye automáticamente el uso de un tercero específico, la alerta roja garantiza una revisión más detallada de la entidad y quizás la aplicación de controles adicionales a la relación, que permitan protegerse de posibles violaciones a la FCPA.
Para ayudar a los interesados a preparar a sus empleados para que reconozcan las alertas rojas, FCPAméricas ha elaborado una lista general de alertas rojas comunes de corrupción.
Riesgo Reputacional
- La transacción o el tercero está en un país conocido por su corrupción generalizada, según el Índice de Percepción de Corrupción de la Organización Transparency International u otros índices similares.
- El tercero tiene un historial de prácticas de pagos incorrectos, como por ejemplo investigaciones formales e informales en curso o ya realizadas por las autoridades competentes o ha sido condenado anteriormente.
- El tercero ha estado sujeto a acciones penales de las autoridades o acciones civiles por actos que podrían implicar conductas ilegales, incorrectas o poco éticas.
- El tercero no goza de buena reputación comercial.
- Presuntamente el tercero ha hecho o tiende a hacer pagos prohibidos o pagos adicionales a los funcionarios públicos.
- Alegatos relacionados con la integridad, como por ejemplo reconocido por conductas ilegales, incorrectas o poco éticas.
- El tercero no implementa programas adecuados de cumplimiento ni códigos de conducta o se niega a implementar alguno.
- Otras compañías han concluido sus relaciones con el tercero por sus conductas incorrectas.
- La información suministrada del tercero o sus servicios no se puede verificar con datos, sino únicamente a través de indicaciones y observaciones.
Relaciones Gubernamentales
- El tercero tiene lazos familiares con un funcionario extranjero o entidad pública.
- El tercero tiene una relación o asociación comercial con un funcionario extranjero o entidad pública.
- El tercero ocupó anteriormente un alto cargo en el gobierno, o en una entidad relacionada con el trabajo que él/ella desempeñará.
- El tercero es una compañía cuyo propietario, accionista mayoritario o gerente ejecutivo es funcionario público.
- Existen rumores de que el tercero tiene un usufructuario no revelado.
- Un funcionario público requiere, incita, insiste o pide que se seleccione o contrate a una parte, compañía o individuo particular, especialmente si el funcionario tiene plena autoridad sobre los negocios en cuestión.
- El tercero hace aportes políticos significativos o frecuentes.
- El tercero sostiene reuniones privadas con funcionarios públicos.
- El tercero da generosos regalos o es hospitalario con funcionarios públicos.
- El tercero insiste en negociar con los funcionarios públicos sin que la compañía esté presente.
Capacidades Insuficientes
- El tercero constituye una línea de negocios distinta a la línea de negocios para la cual fue contratado.
- El tercero no tiene experiencia o “antecedentes” con respecto al producto, servicio, área o industria correspondiente.
- El tercero no tiene oficinas o personal, o no cuenta con las instalaciones o el personal adecuados para realizar el trabajo.
- El tercero tiene una estructura jurídica poco ortodoxa.
- La dirección del negocio del tercero es una sede de correos, una oficina virtual, o una pequeña oficina privada que no podría abarcar actividades de la magnitud requerida.
- El tercero no realizará trabajo sustancial.
- El tercero no ha trabajado durante mucho tiempo o acaba de constituirse.
- El tercero no tiene sólidos estados financieros o créditos.
- El plan del tercero para llevar a cabo el trabajo es vago y/o sugiere basarse en contratos o relaciones.
Tipo y Método de Remuneración
- El tercero pide un anticipo inusual.
- La tasa, comisión o descuento por volumen que se le asigna al tercero es inusualmente elevado en comparación con la tasa de mercado.
- El acuerdo de remuneración se basa en comisión o bono por logros obtenidos.
- El tercero ofrece presentar o presenta facturas exageradas, incorrectas o sospechosas.
- El tercero pide que las facturas reflejen montos superiores al precio real de los servicios prestados.
- La facturación del tercero describe vagamente los servicios prestados.
- El tercero pide efectivo, equivalentes de caja o instrumentos de pago al portador.
- El tercero pide pagos en una jurisdicción fuera de su país de origen que no tiene relación alguna con la transacción o los entes relacionados con la misma, especialmente si el país es un paraíso fiscal.
- El tercero pide que se haga el pago a otro tercero o intermediario.
- El tercero sugiere el uso de compañías fantasma.
- El tercero pide que el pago se emita a dos o más cuentas.
- El tercero comparte la remuneración con otras personas cuyas identidades se desconocen.
- El tercero solicita un contrato de servicios luego de la adjudicación inicial que no está en capacidad de cumplir.
- El tercero pide que se hagan donaciones de caridad.
- El tercero se niega a documentar los gastos como corresponde.
- El tercero presiona a la compañía para que haga pagos urgentes o antes de lo previsto.
- El tercero pide un significativo pago inicial adelantado.
- El tercero solicita acuerdos de pago que generan conflictos con las leyes locales, tales como pagos en la moneda de otro país.
Circunstancias Inusuales
- El tercero se niega a comprometerse a cumplir con la FCPA, UKBA, leyes equivalentes aplicables contra la corrupción, leyes contra el lavado de dinero, u otras leyes o reglamentos similares.
- El tercero se niega a garantizar haber cumplido anteriormente con la FCPA, UKBA, leyes equivalentes aplicables contra la corrupción, leyes contra el lavado de dinero, u otras leyes o reglamentos similares.
- El tercero se niega a ejecutar un contrato escrito, o pide cumplir con los servicios acordados sin contratos escritos cuando los mismos son requeridos.
- El tercero insiste en que no se revele su identidad y que la relación se mantenga en secreto.
- El tercero se niega a divulgar la identidad de sus usufructuarios, directores, funcionarios u otros directivos.
- El tercero se niega a responder preguntas de debida diligencia.
- El tercero se niega a que se incluyan cláusulas de auditoría en los contratos.
- El tercero sugiere que no es necesario implementar políticas de cumplimiento anticorrupción.
- El tercero sugiere que cualquier otro tipo de conducta ilegal es aceptable porque es la norma o costumbre en un país en particular.
- El tercero hace afirmaciones sospechosas, tales como requerir pagos para “ocuparse de ciertos asuntos” o “cerrar un negocio”.
- Las representaciones son ilegales conforme a las leyes locales.
- El supuesto desempeño del tercero sospechosamente es mucho más sobresaliente que el de la competencia o las compañías de las industrias relacionadas.
- Un tercero garantiza o promete tasas de retorno que son inusualmente altas por los servicios que ofrece.
- El tercero pide que se aprueben presupuestos excesivamente altos o gastos poco frecuentes.
Si conoce otras alertas rojas que puedan agregarse a esta lista, sírvase incluirlas en los Comentarios de este artículo o envíelas por correo electrónico.
Las opiniones expresadas en este artículo son las del autor, a título personal, y no necesariamente representan las opiniones de otra persona, incluidas las entidades a las que está afiliado el autor, sus empleadores, otros contribuyentes, FCPAméricas o sus anunciantes. La información del blog FCPAméricas tiene por objetivo el debate público con fines educativos únicamente. Su intención no es suministrar asesoramiento legal a los lectores y no crea un vínculo abogado-cliente. No se desea describir ni transmitir la calidad de los servicios legales. FCPAméricas anima a sus lectores a solicitar asesoramiento legal calificado con respecto a leyes anticorrupción o cualquier otro asunto legal. FCPAméricas da permiso para enlazar, publicar, distribuir o hacer referencia a este artículo con fines legítimos, siempre que se indique su autor y su relación con FCPAméricas LLC.
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Post authored by Matteson Ellis, FCPAméricas Founder & Editor